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La Fiscalía pide que se depuren responsabilidades por la falta de control en los aeropuertos

En relación con el accidente del Pauknair que el 25 de agosto de 1998 cubría la línea Melilla-Málaga y se estrelló contra el cabo de Tres Forcas (Marruecos)

Publicada en MeliYa el 26 de febrero de 2003

EFE

La Fiscalía recurrirá el archivo de las actuaciones relacionadas con el accidente de avión que cubría la línea Málaga-Melilla, ocurrido en 1998 y en el que fallecieron los 38 ocupantes, para que se depuren responsabilidades por la "absoluta falta de control" de las torres de Melilla y Sevilla sobre el vuelo.

Según informaron hoy fuentes jurídicas, el fiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Gordillo recurrirá ante la Sala de lo Penal de este tribunal el sobreseimiento de esta causa después de que el juez que lo decretó, Guillermo Ruiz Polanco, ratificara su decisión al desestimar un anterior recurso de la Fiscalía, por entender que no es imputable un delito de imprudencia a ninguna de las personas que intervino en la supervisión del vuelo.

Sin embargo, y aunque, según señala Ruiz Polanco en el auto en el que rechaza el recurso del fiscal, el Ministerio Público fue el que instó en noviembre de 2000 el archivo de la causa por no estar acreditada la perpetración de delito en la forma de producirse el accidente, un posterior escrito de alegaciones de AENA frente al recurso de la Fiscalía hizo que Gordillo se replanteara su decisión.

El informe de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), "realmente esclarecedor para demostrar esa absoluta falta de control por parte de ambas torres aeroportuarias, y la inexistencia de culpa en los empleados de las mismas", según el juez, preocupó a la Fiscalía al apreciar un cierto "descontrol" en la supervisión de los vuelos a Melilla, indicaron fuentes fiscales.

Por ello, y para evitar que ocurran nuevos hechos similares, como el accidente sucedido el pasado 17 de enero también en el trayecto Málaga-Melilla, la Fiscalía pretende que se depuren responsabilidades por esta situación de "descontrol" y que, según las fuentes consultadas, pueden partir de la Dirección General de Aviación Civil o AENA.

El juez, en su auto, entiende que los controladores aéreos que se encontraban de servicio el día del accidente en las torres aeroportuarias de Sevilla y Melilla no incurrieron en un delito de imprudencia por omisión, descuido o negligencia en su labor, "simplemente porque no tenían atribuida ninguna competencia para el control del avión siniestrado".

Explica Ruiz Polanco que "una simple lectura de la transcripción de las conversaciones de ambas torres de control pone de manifiesto dónde y cuándo dejaron de ejercer el control de la aeronave y cómo los profesionales de esas torres dejan \'a discreción\' del piloto las decisiones de vuelo a partir del momento en que carecen de competencia en materia de tráfico aéreo sobre el vuelo".

Esta situación se debe a que a la altura de un determinado paralelo, según el informe de AENA, los vuelos a Melilla no pueden ser avistados ni por la torre de control de Sevilla ni por la de ciudad autónoma.

Por este motivo, señala el juez, "el hecho de que ninguna autoridad aérea controlara la posición del avión" no supone "atribuir una actitud imprudente a las personas que, dentro de su jurisdicción y competencia, controlaron dentro de sus posibilidades el vuelo".

"No se puede trasladar a las personas la negligencia de la autoridad gubernamental y tener desabastecido un aeropuerto, como el de Melilla, de un radar que regule el tráfico aéreo en una zona montañosa y de meteorología inestable como el Cabo de Tres Forcas, concluye Ruiz Polanco.