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La Ley de Montes tendrá un apartado especial para Ceuta y Melilla por su singularidad

Publicada en MeliYa el 22 de marzo de 2003

EFE

La nueva Ley Básica de Montes incluirá un apartado especial para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla debido a que ninguna de ellas dispone de potestad legislativa, sólo reglamentaria.

Según un comunicado de la Consejería de Medio Ambiente de Ceuta, las dos autonomías han realizado una petición al Gobierno sobre la necesidad de que la nueva Ley Básica incluyese una detallada relación de sanciones que por ser materia reservada a ley impediría la regulación directa mediante reglamento.

Este aspecto ha sido tenido en cuenta y junto a la disposición final tercera se ha incluido un apartado especial relativo a las ciudades de Ceuta y Melilla, que tienen Estatuto de Autonomía desde 1995.

El apartado señala que Ceuta y Melilla "ejercerían las potestades normativas reglamentarias que tienen atribuidas por las Leyes Orgánicas 1/1995 y 2/1995, dentro del marco de esta ley y de las que el Estado promulgue a tal efecto".

El Ejecutivo ceutí sostiene, según la nota, que este apartado "cubre en principio cualquier vacío legal en esta materia en Ceuta y permite asumir amplias competencias reglamentarias".

En el mismo comunicado se indica que más de un 50 por ciento de la superficie forestal de Ceuta, integrada por unas 1.100 hectáreas, están pendientes de ser reforestadas.