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Aprobadas las nuevas ordenanzas para la adjudicación de viviendas VPO

El plazo para solicitar una vivienda en "Lo Güeno" finaliza el 30 de septiembre

Publicada en MeliYa el 28 de junio de 2004

Carmen Gaona Sáez

El consejo de administración de la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo de Melilla (EMVISMESA), ha aprobado las nuevas ordenanzas para la adjudicación de viviendas protección oficial que realiza la empresa con fondos propios, en las que se determina aspectos esenciales para acceder a la adjudicación de las mismas, como requisitos, exclusiones o conceptos de la baremación.

Así, según ha explicado el presidente de EMVISMESA, Carlos Reguero, los ciudadanos interesados en ser adjudicatarios de este tipo de viviendas deberán no ser propietarios de ninguna otra vivienda VPO, excepto en aquellos casos en los que se trata de viviendas de promoción pública que se pongan a disposición de la Ciudad Autónoma.

Deberán además residir en Melilla como mínimo, durante el último año, o bien haberlo hecho cinco de los últimos diez años, mientras los ingresos mínimos que posea la unidad familiar no deben superar cinco veces y media el salario mínimo interprofesional.

Respecto a las exclusiones, Reguero ha dejado bien claro que estarán excluidos de la adjudicación aquellos propietarios de VPO que la hubieran vendido de forma privada en los últimos cinco años.

Para la baremación, según ha explicado el presidente de EMVISMESA, se tendrán muy en cuenta las circunstancias personales y la configuración familiar de los posibles adjudicatarios, de tal manera que serán merecedores de un plus las familias que tengan hijos menores de edad, los que posean algún tipo de minusvalía, los cabeza de familia monoparentales, las personas que se encuentren integradas en algún colectivo de malos tratos, y los menores de 35 y los mayores de 65 años, siempre que soliciten viviendas de uno o dos dormitorios.

También se puntuará de manera positiva aquellas casos en los que los solicitantes de viviendas se encuentren habitando en una vivienda declarada en ruina con dos años de antigüedad, en los que la vivienda se encuentre en expediente de expropiación, o que esté en curso el desahucio, aunque en este caso, la causa del desahucio no deberá ser imputable al propietario.

Del mismo modo, se tendrá muy en cuenta que la vivienda actual del solicitante no esté en las condiciones suficientes para ser habitada, que sufra hacinamiento o que el cargo de la misma sea muy superior en relación con los ingresos. También se valorará positivamente que el solicitante ya haya pedido vivienda en otras promociones de EMVISMESA, y que posea, asimismo, una cuenta ahorro vivienda.

Por último, Carlos Reguero ha recordado que el plazo para la presentación de solicitudes para la adquisición de una vivienda de la promoción de “Lo Güeno”, estará abierto hasta el día 30 de septiembre.