Local · Navidad

El área de Consumo hace pública una serie de recomendaciones para realizar las irremediables e irrefrenables compras navideñas

Entre otras cosas, se recomienda hacer las compras con suficiente antelación para evitar un incremento excesivo de los costes

Publicada en InfoMelilla el 12 de diciembre de 2006

Carmen Gaona Sáez

Ante la llegada de las fechas navideñas y el irremediable e irrefrenable período de compras, la Viceconsejería de Sanidad y Consumo de Melilla ha hecho pública una serie de consejos y recomendaciones que han de tener muy en cuenta los consumidores melillenses a la hora de reducir los elevados costes que caracterizan estas fechas.

Así, el área de Consumo recomienda escalonar las compras “y no dejarlo todo para los últimos días”, ya que a la posible escasez de productos a la última hora, se le suele sumar el correspondiente incremento de precios, especialmente en el caso de alimentos frescos.

En el caso de los productos envasados, Sanidad y Consumo recuerda la importancia de que éstos indiquen los precios por unidad, kilo o litro, lo que facilita sustancialmente la comparación entre los distintos precios, así como la necesidad de comprobar las fechas de caducidad o de consumo preferente.

En el caso de los juguetes, Consumo recomienda que, antes de elegirlos, se compruebe que llevan el marcado CE, ya que de no ser así no garantiza las medidas de seguridad exigibles. Del mismo modo, es aconsejable comprobar que se identifican claramente los datos del fabricante o responsable.

Del mismo modo, si el juguete va dirigido a menores de tres años , es aconsejable que se compruebe que no figura por ningún lado la advertencia “no conveniente para niños menores de 36 meses”.

Otro de los asuntos que tiene especial incidencia durante estos días es el relacionado con la devolución de los productos. En este caso, Consumo recuerda que la normativa vigente no contempla de forma expresa un régimen de devolución en los casos de productos conformes o no defectuosos, “por lo que habrá que atenerse a las condiciones de devolución que establezca cada comercio, bien mediante publicidad expresa, bien mediante carteles expuestos en los puntos de venta, bien mediante pactos expresos”.