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El Consejo de Estado avala los objetivos y contenidos de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos

El órgano Consultivo considera que ofrecer “la debida atención educativa” a quienes no estudien religión se ajusta a lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales

Publicada en InfoMelilla el 2 de diciembre de 2006

Carmen G.S./InfoMelilla.com

El Consejo de Estado ha emitido su informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las enseñanzas mínimas de Educación Primaria. En el documento, el órgano consultivo menciona expresamente tanto la nueva materia de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos como la propuesta sobre la enseñanza de la religión para avalar, en ambos casos, el contenido del Proyecto.

El Consejo de Estado asegura en su informe que el examen de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de la nueva materia de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos “arroja un resultado favorable” en términos generales. El órgano consultivo asegura en este punto que el proyecto de RD se ajusta a la Recomendación (2002) 12 del Consejo de Europa, que recomienda a los Estados miembros hacer de la ciudadanía democrática un objetivo prioritario de su política educativa. Por ese motivo, el Consejo de Estado considera que sería deseable que la Recomendación se citara expresamente en los anexos.

Según el proyecto del RD de enseñanzas mínimas de Primaria, Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, que se estudiará en 5º o 6º, constará de tres bloques: Individuos y relaciones interpersonales y sociales, La vida en comunidad y Vivir en sociedad.

Por otra parte, el informe dice textualmente que “La disposición adicional primera del proyecto de Real Decreto sometido a consulta resulta conforme, a juicio del Consejo de Estado, con las exigencias del Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito entre la Santa Sede y el Estado Español, así como con la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica” de Educación.

El Proyecto de RD establece que los centros docentes dispondrán las medidas oportunas para que los alumnos cuyos padres o tutores no hayan optado por que cursen enseñanzas de religión “reciban la debida atención educativa a fin de que la elección de una u otra opción no suponga discriminación alguna” y “dichas medidas deberán ser incluidas en el proyecto educativo del centro para que padres y tutores las conozcan con anterioridad”.

En el informe también señala algunas observaciones de carácter técnico que serán tenidas en cuenta antes de su aprobación en Consejo de Ministros.