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El Ministerio de Fomento pone en marcha el servicio el sistema de notificación de sucesos en la aviación civil

El objetivo de esta medida es mejorar la seguridad aérea

Publicada en MeliYa el 26 de febrero de 2006

Carmen Gaona Sáez

El Ministerio de Fomento ha puesto en marcha el servicio el sistema de notificación de sucesos en la aviación civil, cumpliendo con la Directiva europea relativa a la notificación de este tipo de sucesos que obliga a los Estados Miembros a establecer un sistema obligatorio de notificación de sucesos en la aviación civil y a designar un órgano encargado de recopilar, almacenar, proteger y divulgar la información de los sucesos notificados. En el caso de España, el órgano designado ha sido la Dirección General de Aviación Civil.

El objetivo del sistema de notificación obligatoria de sucesos es contribuir a la mejora de la seguridad aérea. Según el MInisterio de Fomento, la experiencia ha demostrado que en numerosas ocasiones, antes de que se produzca un accidente, existen una serie de incidentes y otras deficiencias que revelan la existencia de riesgos para la seguridad. Por medio de notificaciones de estos sucesos por parte de los actores involucrados en la aviación, se puede analizar y controlar las tendencias con objeto de emprender acciones correctoras.

Algunos ejemplos de sucesos que deben notificarse serían maniobras evasivas, para evitar colisiones, incapacidad de lograr las actuaciones previstas durante el despegue o el ascenso y aproximaciones frustradas que puedan provocar situaciones peligrosas. Del mismo modo, se deben notificar posibles daños en un elemento estructural no diseñado para tolerar daños, pérdida de redundancia del sistema, avería o desconexión mecánica, la detección de un montaje incorrecto de piezas detectado durante inspección, productos, piezas o materiales de origen desconocido o sospechoso, y cualquier fallo en el funcionamiento de cualquier sistema o equipo de emergencia. Todo ello sin olvidar trasmitir la existencia de fallos relacionados con servicios de tierra, como incidentes cuasi-colisión, separación insuficiente entre aeronaves y derrame significativo de combustible o carga de cantidades incorrectas.

Las personas y organizaciones que tienen obligación de notificar a la Dirección General de Aviación Civil estos sucesos son el operador o comandante de aeronaves de transporte público explotadas por un operador español, la persona u organización que desempeñe actividades en el diseño, fabricación, mantenimiento o modificación de dichas aeronaves, la persona que firme un certificado de revisión de mantenimiento, de aptitud para el servicio de una aeronave, de sus equipos o partes, los controladores de tránsito aéreo u oficial de información en vuelo autorizado por el estado español, los directores de un aeródromo, la persona que desempeñe una función relacionada con la instalación, modificación, mantenimiento, reparación, revisión, ensayo en vuelo o inspección de instalaciones relacionadas con la navegación aérea, y la persona que desempeñe funciones relacionadas con la operación de una aeronave en tierra (carga de combustible, mantenimiento, ect.).

Todo el tratamiento de las notificaciones y divulgación de la información tiene el fin último de la prevención de accidentes e incidentes, sin la intención de determinar responsabilidades excepto en los casos de dolo o negligencia grave. Fomento, además, deja claro que la notificación de un suceso es de carácter confidencial, debiéndose desidentificar correctamente cada una de ellas para asegurar el anonimato. A este efecto la Dirección General de Aviación Civil ha puesto en marcha una unidad destintada a gestionar las notificaciones de sucesos que se produzcan y que de acuerdo a una primera estimación podría suponer un volumen de 3000 notificaciones pot año.

En el caso de accidentes e incidentes graves, la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC) sigue siendo el organismo oficial encargado de gestionar notificaciones y realizar su investigación.