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La Dirección General de la Guardia Civil incorpora importantes medidas sociales y económicas a las plantillas

En Melilla más de 500 funcionarios del Instituto Armado se verán favorecidos por las mejoras

Publicada en MeliYa el 8 de enero de 2006

S.R.

La Dirección General de la Guardia Civil está impulsando nuevas mejoras sociales y retributivas para los agentes, medida que en Melilla afectará a más de 500 funcionarios.

Todos los guardias podrán disfrutar de permiso en periodo estival y conocerán las previsiones de sus turnos de servicio y días de descanso con una antelación de un mes, según fuentes del Consejo Asesor de Personal.

Además, se modificarán los criterios de distribución de las retribuciones en concepto de productividad con el fin de hacer un reparto más objetivo, equitativo y ajustado a los horarios de servicio.

Estas nuevas medidas, que ya fueron anunciadas en la última reunión del Consejo Asesor de Personal, responden a las iniciativas presentadas por el Grupo de Trabajo que, en el seno de dicho Consejo, se encarga de evaluar y proponer las mejoras necesarias en cuanto a las condiciones sociales de los agentes.

Para llevar a cabo estas mejoras ha sido necesario modificar las Órdenes Generales que regulan la concesión de permisos, el nombramiento de los servicios y días de descanso, el disfrute de residencias de verano y la normativa sobre retribuciones del personal de la Guardia Civil.

Cuatro turnos La normativa interna relativa a las concesiones de permisos ha sido modificada con el fin de garantizar que todos los guardias civiles disfruten al menos de cuatro semanas de vacaciones en periodo estival, sin perjuicio de que puedan tomarse el permiso correspondiente en alguno de los tres turnos que se establecen para Navidad o en los dos que se establecen en Semana Santa.

Para ello, está previsto establecer cuatro turnos durante el periodo comprendido entre junio y septiembre, ambos inclusive, y aumentar los cupos de personal que puede disfrutar de permiso en cada uno de esos turnos.

De esta forma, se hará compatible la premisa esencial de atender a las necesidades del servicio con la aspiración lógica de hacer coincidir los periodos vacacionales de los agentes con los del sistema docente y laboral, facilitando con ello la convivencia familiar y el disfrute de otros beneficios sociales que ofrece la Guardia Civil, como son la posibilidad de alquilar apartamentos y residencias de verano subvencionados, o realizar viajes culturales.

En este sentido, será también modificada la Orden General que regula el disfrute de apartamentos y residencias, con el fin de adecuar los periodos en que pueden ser usados, a los actuales turnos que se establecen con la nueva normativa.

Conciliación Otra importante medida adoptada para que los guardias civiles puedan llevar a cabo una mejor planificación de su vida privada es el adelanto de la previsión de los servicios a desempeñar, para lo cual se reforma la normativa existente al respecto.

La Orden General sobre nombramiento del servicio ha sido modificada para que los agentes puedan conocer con la mayor antelación posible las previsiones del servicio y de los días de descanso de los que dispondrán, sin perjuicio del principio de dedicación profesional que atañe a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad y que se traduce en una permanente disponibilidad para llevar a cabo sus funciones.

De esta forma, los agentes podrán conciliar mejor su vida familiar y profesional, ya que conocerán el servicio a realizar durante todo el mes siguiente, con al menos siete días de antelación a que comience dicho mes.

Todas estas reformas emprendidas no impedirán que las necesidades del servicio, especialmente en las plantillas dedicadas con mayor ahínco a la seguridad ciudadana, mantengan una plena operatividad en el desempeño de sus cometidos.

Productividad La difícil compatibilización de los horarios estipulados para los miembros de la Guardia Civil, con la demanda por parte de la ciudadanía de un servicio de calidad que garantice la seguridad durante las 24 horas del día, requiere que en ocasiones se realicen sobreesfuerzos de trabajo, realizando horarios que sobrepasan el cómputo establecido.

Para compensar estas situaciones se modificará la actual normativa de retribuciones que regula la asignación de los complementos de productividad entre los miembros de la Guardia Civil. La nueva normativa establecerá criterios más objetivos y equitativos para que el reparto de las partidas presupuestarias por este concepto englobe a un mayor número de agentes y respondan a los sobreesfuerzos que cada uno de ellos realice.

Con los nuevos criterios establecidos se pretende retribuir al personal cuando las necesidades del servicio hayan requerido el desempeño de una carga de trabajo o exigido una dedicación extraordinaria y compensar la pérdida de calidad de vida y la singular penosidad que conlleva el desempeño del servicio en horario nocturno o en días festivos.

Además se trata de Incentivar y recompensar la mayor dedicación del personal que desempeña cargos de responsabilidad o labores de investigación y aumentar el potencial de los servicios a prestar por las distintas unidades, de forma que se ajusten a los objetivos preestablecidos, así como contribuir a reducir el absentismo laboral.

Incremento retributivo Las retribuciones del personal de la Guardia Civil, al igual que las de los demás funcionarios de la Administración del Estado, se incrementarán en 2006 en un 2%.

Asimismo, está previsto, que para el cálculo de la paga extraordinaria de junio se incremente el porcentaje del complemento de destino del 60 por ciento actual al 80 por ciento.

Además, se percibirá un incremento retributivo adicional equivalente al 3,26 por ciento de la masa salarial del guardia civil. Esto podrá suponer para el personal de todos los empleos un incremento de 67,68 euros mensuales.

El complemento de disponibilidad del personal en situación de reserva, de todos los empleos, se incrementaría en 40,61 euros al mes.

Los incrementos citados serán de aplicación con efecto del día uno de enero de 2006, aunque su trámite administrativo se cumplimente con posterioridad a esta fecha.