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Los internos del centro penitenciario podrán optar por celdas de fumadores o no fumadores

Unión Sindical Obrera ha negociado la medida con la Dirección General de Instituciones Penitenciarias

Publicada en MeliYa el 6 de enero de 2006

Redacción

Según el Delegado sindical de USO en la prisión de Melilla, José Luis Simón ,la Dirección de Instituciones Penitenciarias ha decidido que los reclusos melillenses, puedan elegir entre celdas de fumador o aquellas 'libres de humo', salvo cuando se trate de internas con hijos.

La circular que ha entrado en vigor el pasado domingo tiene una disposición adicional específica para cárceles y otros centros penitenciarios que permite vender tabaco en sus economatos y habilitar zonas para fumadores, en un tratamiento parecido al de los hoteles.

Según las instrucciones remitidas por la Dirección de Instituciones Penitenciarias a los centros dependientes del Estado, las prisiones procurarán garantizar a todos los presos que así lo deseen el derecho a estar instalados en celdas para no fumadores.

Clasificación Los internos que entren en la cárcel de Melilla en el futuro serán clasificados como fumadores, no fumadores o no fumadores tolerantes con el humo ajeno, elemento que se tendrá en cuenta a la hora de asignarles celda. Si cambian de idea, podrán comunicarlo oficialmente para que se les reubique.

USO- Prisiones puso en duda que haya celdas suficientes en las saturadas cárceles españolas para este tratamiento diferenciado entre fumadores y no fumadores y temieron que esto pueda generar conflictividad entre los internos.

La prohibición de fumar se extiende, según la circular, "a dependencias comunes cerradas" (enfermería, comedores, talleres...)y se permitirá fumar en zonas al aire libre (los patios de las cárceles) y se habilitarán zonas de fumadores en el resto de las salas comunes. En las salas que sirvan de comedor no podrá fumarse nunca durante la comida.

Para los trabajadores, la circular establece que la prohibición de fumar estará vigente en todas las zonas destinadas a los funcionarios (despachos, salas de reuniones ...). Es decir, que los funcionarios tan sólo podrán apurar un pitillo en los espacios destinados a sus vigilados.

La circular de Instituciones Penitenciarias también regula la cuestión del tabaco en las salas para contactos con las familias y en aquéllas en que se permiten encuentros 'VIS a VIS' para mantener relaciones sexuales. En esas salas "se podrá fumar, si tanto los familiares como el interno así lo desean".

Los centros con varias salas deberán destinar algunas a espacios libres de humo. En todas las celdas en las que convivan las madres con sus hijos estará prohibido fumar, que sí podrán consumir tabaco en espacios habilitados, siempre que no entren en ellos con sus pequeños.