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El MEC hace pública la nueva orden que modifica los elementos de evalución de la Educación Básica

Entre las modificaciones destaca la desaparición del libro de escolaridad, y la desaparición de los términos “progresa adecuadamente” y “necesita mejorar”

Publicada en InfoMelilla el 26 de junio de 2007

Carmen Gaona Sáez

La Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia en Melilla (MEC) ha dado a conocer la orden por la que se establecen los elementos básicos de evaluación de la Educación Básica regulada por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad del alumno.

Esta orden, tal y como informa el Ministerio, será de aplicación a partir del Curso próximo 2007/2008, y en ella se establecen los documentos básicos que han de reflejar los aprendizajes realizados por el alumnado y que deben permitir su movilidad de uno a otro nivel o etapa, así como entre centros escolares de la misma o distinta comunidad autónoma.

Además, en su artículo 6.2 y en relación con los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación del currículo, la orden establece que el Gobierno fijará los aspectos básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas, con el fin de garantizar una formación común a todo el alumnado y la validez de los títulos correspondientes.

Los apartados recogidos en la orden son documentos oficiales de evaluación, resultados de la evaluación, actas de evaluación, expediente académico, historial académico de educación primaria, historial académico de la educación secundaria obligatoria, traslado del historial académico e informe personal por traslado.

Las modificaciones importantes que serán aplicadas a partir del próximo curso escolar son, por su parte, la desaparición del libro de escolaridad que se sustituirá por el “Historia Académico del alumno”, tanto en la Educación Primaria como en la Educación Secundaria Obligatoria, así como la desaparición de los términos “progresa adecuadamente” y “necesita mejorar” en la evaluación en la Educación Primaria, sustituyéndolos por los términos “Insuficiente, Suficiente, Bien, Notable y Sobresaliente”.

Del mismo modo desaparecerá el 'cero' en las notas de la Educación Secundaria obligatoria.

Con respecto a la Evaluación, los resultados de ésta se expresarán en la Educación básica en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (B), Notable (NT), Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás. En la Educación Secundaria Obligatoria irán acompañadas de una calificación numérica, pero sin emplear decimales, de tal maneta que el Insuficiente equivaldrá a 1, 2, 3 o 4, el Suficiente a 5, el Bien a 6, el Notable a 7 u 8, y el Sobresaliente a 9 o 10.

Por último, en la convocatoria de la prueba extraordinaria, cuando el alumnado no se presente, se reflejará como No Presentado (NP).