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IU pedirá a Zapatero que promueva un referéndum consultivo en Melilla y Ceuta sobre la posibilidad de convertirlas en comunidades autónomas
La propuesta de IU se lleva a cabo a petición de Coalición por Melilla y de la Unión Demócrata Ceutí
Publicada en InfoMelilla el 16 de febrero de 2007
El Grupo Parlamentario de Izquierda Unida (IU) en el Congreso de los Diputados solicitará al presidente del Gobierno central, José Luis Rodríguez Zapatero, la convocatoria de un referéndum consultivo en las dos ciudades autónomas a fin de determinar la opinión de los ciudadanos sobre la posibilidad de llevar a cabo la conversión a Comunidad Autónoma de ambas ciudades.
La propuesta de IU, realizada a petición de los representantes de a Unión Demócrata Ceutí -UDCE- y Coalición por Melilla -CpM, incluye la necesidad de que Zapatero proponga el asunto al Consejo de Ministros y, posteriormente, al Congreso de los Diputados
Los dos partidos, uno ceutí y otro melillense, impulsores de la propuesta pretenden hacer uso así de lo previsto en la Ley Orgánica 2/1980 sobre Regulación de las distintas modalidades de Referéndum, así como del artículo 92 de la Constitución, donde se dice que "las decisiones políticas de especial transcendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos", una consulta que debe ser convocada por el Rey tras la propuesta del presidente del Gobierno, y no sin antes contar con la autorización del Congreso de los Diputados.
En la propuesta que realizará IU, tras recordar que la Constitución da a las dos ciudades la facultad de adoptar la iniciativa de convertirse en comunidades autónomas si las Cortes Generales lo autorizan, deja claro que ninguna de las dos ciudades desea ser una excepción en el conjunto del Estado, sino que desean ser Estado español en el mismo régimen jurídico que el resto de autonomías.
Des esta manera, IU pide al presidente del Gobierno que se someta a referndum a los ciudadanos de Ceuta y Melilla bajo la pregunta '¿Quiere usted que Ceuta tenga el mismo estatus jurídico que las Comunidades Autónomas, tal como posibilita la Transitoria V de la Constitución Española'?.
En el caso de celebrarse, la votación se realizaría un domingo con una campaña electoral previa de 15 días de duración, nunca antes del próximo otoño, ya que la Ley 2/1980 establece que no podrá celebrarse "en el periodo comprendido entre los 90 días anteriores y los 90 posteriores" a una cita electoral.