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Queda revocada la sentencia del Juzgado de Primera Instancia

La Audiencia Provincial de Málaga condena a Binter a pagar 267.216 euros a un afectado por el accidente aéreo de 2001

La Sala parte de la base, como ya se hizo en otras sentencias, de que el accidente aéreo que produjo las lesiones 'se produjo por culpa de la compañía aérea demandada y de sus empleados'.

Publicada en InfoMelilla el 14 de mayo de 2007

S.R./InfoMelilla.com

La Audiencia Provincial de Málaga condenó a la empresa responsable del vuelo Binter siniestrado entre Melilla y Málaga el 29 de agosto de 2001 y a su aseguradora a pagar 267.216 euros a un afectado por el accidente, que se saldó con cuatro personas fallecidas y 21 heridas, informa Terra Actualidad.

Así queda revocada parcialmente la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de la capital y eleva la cantidad de 11.691 euros concedida inicialmente.

La defensa del perjudicado, dirigida por el letrado Manuel Temboury, presentó un recurso, que ahora la Sala ha estimado en parte en una sentencia; en el escrito de apelación se alegaba que no se había aplicado la normativa sobre accidentes aéreos y la existencia de error en la valoración de la prueba, entre otros motivos.

La Sala parte de la base, como ya se hizo en otras sentencias, de que el accidente aéreo que produjo las lesiones 'se produjo por culpa de la compañía aérea demandada y de sus empleados'. Además, eleva la mayoría de las partidas indemnizatorias y estima que habría que añadir a las secuelas admitidas por el juzgado el trastorno orgánico de la personalidad y los daños morales.

Así, a través de esta sentencia se reconoce una indemnización de 651.954 euros, a los que se restan los 384.738 euros ya pagados como anticipo, por lo que la suma que tendrán que abonar solidariamente las dos demandadas es de 267.216 euros; además de condenarlas a las costas de primera instancia.

La representación legal del perjudicado presentó una demanda contra la compañía aérea y contra la aseguradora por la que reclama 6,8 millones de euros de indemnización por las consecuencias, tanto físicas como, fundamentalmente, psíquicas, sufridas y que aún se mantienen desde el siniestro.