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En Melilla la cantidad se eleva a 387,46 euros

Unión General de Trabajadores revela a existencia de diferencias en la aplicación de los 'sexenios' en las diferentes comunidades

Para la obtención del sexenio, en la mayoría de las comunidades el profesorado ha de acreditar cien horas de formación o de participación en actividades equivalentes.

Publicada en InfoMelilla el 10 de mayo de 2007

S.R./InfoMelilla.com

Un informe de FETE-UGT revela la existencia de notables diferencias entre las distintas comunidades autónomas respecto al complemento que percibe el profesorado en concepto de formación permanente, los denominados ‘sexenios’. Esas diferencias se refieren tanto al importe como a las actividades reconocidas como formación.

De las 17 comunidades autónomas, un total de 14 –además de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, dependientes del Ministerio de Educación- han implantado esta fórmula retributiva acordada en 1991 por las organizaciones sindicales y el Ministerio de Educación y aprobada por el Consejo de Ministros el 11 de octubre de ese año.

Según ese acuerdo, los sexenios, que empezaron a aplicarse el 1 de octubre de 1992, se perciben por cada seis años de servicio, tras la acreditación como mínimo de 100 horas de actividades de formación, distribuidas en créditos de al menos ocho horas cada uno. La repercusión económica de cada periodo es acumulable, y en su conjunto no pueden exceder de 30 años.

Las comunidades autónomas tienen competencia exclusiva en la asignación de las cantidades a percibir por cada sexenio, así como en la ordenación, organización y reconocimiento de las actividades de formación permanente del profesorado. De ellas, seis –Aragón, Baleares, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Extremadura-, han venido aplicando la normativa elaborada por el MEC para su ámbito de gestión, en tanto que otras ocho –Andalucía, Asturias, Cataluña, Galicia, Madrid, Murcia, La Rioja y País Valenciano- han desarrollado la normativa estatal elaborando normas propias. Canarias, Navarra y País Vasco han optado por sistemas retributivos diferentes al de los sexenios.

Diferencias Las diferencias en el importe oscilan entre los 371,27 euros del País Valenciano y los 550,08 de Cataluña. Otras seis comunidades –Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid y Murcia- asignan la misma cantidad establecida por el MEC para Ceuta y Melilla, 387,46 euros. Esta desigualdad económica debe ser corregida, según FETE-UGT, para que todo el profesorado, independientemente de la comunidad a la que pertenezca, perciba como mínimo el complemento de formación que se cobra el Cataluña.

Para la obtención del sexenio, en la mayoría de las comunidades el profesorado ha de acreditar cien horas de formación o de participación en actividades equivalentes. Excepciones a ello son Andalucía –en donde son 60 horas- y Cataluña, que cuenta con un sistema diferente de créditos.

Además de económicas, existen diferencias entre unas comunidades y otras en el reconocimiento de actividades computables como formación. El ejercicio de cargos directivos, de coordinación y de inspección, o la representación en el Consejo Escolar, por ejemplo, sólo tienen reconocimiento en una comunidad.

Las diferencias alcanzan también al desarrollo de la formación dentro o fuera del horario escolar. Mientras en Galicia se explicita que se realizará fuera del horario lectivo, en Castilla-La Mancha el profesorado dispone de siete días por curso académico para asistencia a cursos. FETE-UGT considera indispensable que la formación permanente se realice en horario lectivo, lo que permite conciliar mejor la vida laboral y familiar.

Además del mantenimiento de los requisitos de los sexenios para consolidar el sistema de grados previsto en el Estatuto de la Función Pública Docente actualmente en proceso de negociación, FETE-UGT reclama que el Estatuto refleje, a efectos de promoción, todas y cada una de las actividades que se realicen en los centros. Asimismo, ha de garantizarse la formación continua del profesorado y su actualización didáctica mediante licencias por estudios retribuidos. También se debe promover la formación en los centros en función de sus propias necesidades.