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El Partido Popular solicita un trato preferencial a Ceuta y Melilla en materia de Financiación Autonómica
Dada la especial naturaleza de las Ciudades Autónomas se debería contemplar "un tratamiento específico y adecuado"
Publicada en InfoMelilla el 30 de julio de 2008
InfoMelilla.com
El Partido Popular ha querido expresar su mejor disposición de cara a la negociación planteada por el Gobierno para la reforma del sistema de financiación autonómica.
Y entre los puntos que resalta para dicha negociación destaca el interés por ofrecer un trato preferente a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla por su situación especial.
La configuración política y administrativa del Estado de las Autonomías ha conseguido, en un periodo relativamente corto, acometer un intenso proceso de descentralización. En este contexto, las Comunidades Autónomas han pasado a ser las principales gestoras del gasto público en España, siendo responsables de la gestión del 35,8% del total, frente al 28,8% de la Seguridad Social, el 22,1% de la Administración General del Estado y 13,3 de las Corporaciones Locales. Este cambio operado en el reparto de las responsabilidades públicas no se limita al plano cuantitativo, sino que refleja una verdadera reestructuración de la gestión pública por niveles de gobierno. Así, mientras la Administración General del Estado se encarga básicamente de “las políticas de orden público, defensa, representación exterior y desarrollo regional”, las Comunidades Autónomas son las responsables de los servicios públicos vinculados a la Sociedad del Bienestar: sanidad, educación y servicios sociales. En este contexto resulta obvia la trascendencia que tiene la suficiencia financiera de las Comunidades Autónomas, puesto que es la propia Sociedad del Bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos lo que está en juego. En 2001 fue aprobado el actual Sistema de Financiación proporcionando a las Comunidades un sistema de financiación estable, basado en los principios de generalidad, suficiencia, autonomía, solidaridad y participación en la gestión tributaria. Sin embargo, si importantes fueron las bases técnicas de la reforma, no lo fue menos el éxito político e institucional que representó la unanimidad de su aprobación. El actual modelo fue consensuado con el voto favorable de todas las Comunidades Autónomas en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera; unanimidad que dotó al sistema de la legitimidad necesaria para ser aceptado como propio por todos los gobiernos regionales, con independencia de su signo político, en un contexto de disciplina presupuestaria y de madurez del Estado de las Autonomías. El Gobierno de la Nación se ha negado a aplicar en su integridad el actual modelo, absteniéndose de desarrollar los mecanismos previstos para garantizar su suficiencia dinámica. Tenía que justificar la necesidad de un nuevo modelo, tratando de demostrar la invalidez del que había sido consensuado tres años antes. Así, en un contexto de crecimiento demográfico sin precedentes, como el ocurrido en España desde el año 2002, no ha desarrollado la previsión legal de actualización de las necesidades de gasto de las Comunidades Autónomas, generando a éstas últimas problemas de insuficiencia financiera, especialmente en el ámbito sanitario; a ello se añade el incremento de los gastos sanitarios a una tasa muy superior a la del crecimiento de los recursos del sistema, debido a circunstancias ajenas a la capacidad de decisión de las Comunidades Autónomas, o a la imposición de gastos por el Estado a dichas Comunidades sin la necesaria financiación, unos problemas que, con la actual crisis económica ya trasladada a los ingresos regionales, pasa a ser un problema de primer orden. Estas circunstancias ha convertido en inaplazable la revisión del actual sistema. El Partido Popular es consciente de la relevancia que tiene el Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas, no sólo para los Gobiernos Regionales sino para todos sus ciudadanos que son al mismo tiempo contribuyentes y usuarios de los principales servicios públicos. Lo era ya en 2001, y por ello propició, desde las responsabilidades de gobierno que ostentaba, un auténtico Pacto de Estado entre Administración General del Estado y todas las Comunidades Autónomas, así como los partidos políticos que gobernaban en estas últimas. En esta misma línea, ahora desde la oposición, quiere colaborar en la consecución de un acuerdo, dotado de la misma legitimidad técnica y política, puesto que son muchos y muy importantes los intereses en juego, tantos y tan trascendentes, como la capacidad de las Comunidades Autónomas de prestar a sus ciudadanos los servicios públicos esenciales para la Sociedad del Bienestar, garantizando su calidad de vida y la vertebración territorial de España.
Bases para la reforma del sistema de Financiación Autonómica
El nuevo sistema que se negocie debe inspirarse en los principios de generalidad, estabilidad, suficiencia, autonomía, solidaridad y coordinación. 1.- El Sistema de Financiación debe ser plenamente respetuoso con la Constitución y con los principios esenciales que se desprenden de ella. En concreto, la solidaridad interterritorial, la suficiencia financiera de las Comunidades Autónomas y la garantía de igualdad de los españoles en el acceso a todos los servicios públicos prestados por las Comunidades Autónomas, con independencia de la capacidad de la Comunidad Autónoma en que residan. Debe ser, en consecuencia, aplicable a todas las Comunidades Autónomas de régimen común que cumplan los requisitos del mismo, sin que, en consecuencia, sea admisible el reconocimiento de privilegios a favor de determinadas regiones. Por otro lado, con la finalidad de evitar eventuales situaciones de privilegio, la reforma del sistema debe alcanzar el mismo grado de acuerdo que el actual sistema. Esto es, la unanimidad de todas las Comunidades Autónomas de régimen común. 2.- El Consejo de Política Fiscal y Financiera debe ser el foro donde se consensúe y concrete la propuesta de reforma del Sistema de Financiación autonómica. Uno de los principales activos del actual Sistema fue el amplio consenso alcanzado en su aprobación, elemento legitimador para la configuración de un modelo estable y acorde con la naturaleza de la actual distribución de competencias entre la Administración Central y el conjunto de Comunidades Autónomas. En consecuencia, y de cara al futuro modelo, el reparto de recursos entre ambas Administraciones en función de sus competencias, los criterios de reparto entre Comunidades Autónomas sobre la base de variables de necesidad objetivas y periódicamente actualizables, y la elección de las formas de obtención de los recursos a través de una combinación adecuada de recursos tributarios y transferencias niveladoras han de ser discutidas y consensuadas en este órgano multilateral, sin perjuicio del papel ejercido por las Comisiones Mixtas correspondientes, de refrendo del acuerdo general. 3.- El sistema debe cumplir el principio de generalidad, contemplando la financiación de todos los servicios traspasados a las Comunidades Autónomas, incluida la Atención a la Dependencia. Este carácter integrador fue, precisamente, uno de los principales avances conseguidos por el actual sistema a través de la incorporación al mismo de los servicios de asistencia sanitaria y de los servicios sociales de la Seguridad Social. En este sentido, durante la anterior legislatura fue configurado un nuevo sistema nacional dirigido a la atención a la dependencia. Sin embargo, su financiación, de naturaleza condicionada, es proporcionada por la Administración Central, a través de un complejo sistema de convenios bilaterales que, no sólo restan transparencia y certidumbre a la financiación autonómica, sino que, en buena medida, restringe el principio de autonomía de las regiones.En consecuencia, el nuevo sistema debería integrar la financiación del sistema de dependencia en el sistema LOFCA de financiación, aunque fuera de manera gradual para hacer compatible dicha integración con la suficiencia financiera del Estado. 4.- El sistema de financiación que se apruebe debe tener una vigencia indefinida. Igual que ocurrió en 2001, el sistema debe estar exento de revisiones quinquenales puesto que ello restaría certidumbre a la planificación financiera de las Comunidades Autónomas, al tiempo que lo configuraría como un instrumento de negociación política de legislatura al servicio de cada gobierno. Por ello, la vocación de permanencia del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas es una exigencia del principio de estabilidad y debe ser reflejo de la madurez y la responsabilidad del Estado de las Autonomías y de los diferentes niveles de gobierno que lo conforman.No obstante, para que sea posible, es indispensable la aplicación efectiva de los mecanismos de actualización de las necesidades de gasto y del principio de lealtad institucional. 5.- El sistema debe garantizar la suficiencia financiera de las Comunidades Autónomas. Es decir, el sistema de financiación debe proveer los recursos necesarios para que las regiones puedan prestar los servicios transferidos del Estado con un nivel estándar de calidad. Este principio debe cumplirse tanto en el punto de partida (suficiencia estática) como a lo largo del tiempo (suficiencia dinámica). La revisión del Sistema de Financiación debe suponer un acercamiento al Sistema Foral, tanto en lo que supone la suficiencia financiera como la corresponsabilidad fiscal. El cumplimiento de este principio, supone, en primer lugar, que el cálculo inicial de la financiación de las regiones debe basarse en sus necesidades de gasto, estimadas a través de un sistema objetivo y transparente de variables. La naturaleza de las competencias regionales, con un peso determinante de las prestaciones en especie propias de la Sociedad del Bienestar (sanidad, educación, servicios sociales) y de los servicios públicos básicos (ordenación del territorio, transportes y comunicaciones, cultura, etc) hace que el elemento básico de referencia de sus actuaciones sea el ciudadano y, por tanto, la primera variable para determinar las necesidades de gasto de las Comunidades Autónomas sea la población. Han de incluirse necesariamente otras variables que, sin duda afectan al gasto regional. La experiencia en la gestión pública de estos servicios, primero estatal y posteriormente autonómica, y los estudios sobre costes de servicios avalan la influencia de otros factores geográficos (insularidad, dispersión, superficie…) y demográficos (composición de la población por grupos de edad o características sociodemográficas o singulares como puede ser la pequeña dimensión) condicionantes de costes de provisión diferenciales o de demandas objetivamente diferenciadas. Por otra parte, entendemos que ninguna Comunidad Autónoma tendría suficientes recursos si, en el punto de partida del nuevo sistema, pierde financiación respecto al año anterior. Si bien una región ha podido perder peso estadísticamente en algunas de las variables consideradas, lo cierto es que dicha autonomía tiene unos gastos fijos de estructura y unos gastos administrativos que atender. Por ello, el sistema debe establecer, como siempre se ha hecho en las negociaciones en materia de financiación autonómica, una garantía inicial de mantenimiento del status quo.En segundo lugar, el sistema debe garantizar la provisión de recursos suficientes en el tiempo. El cumplimiento efectivo de la suficiencia financiera del modelo implica: a. Un adecuado sistema de entregas a cuenta de las liquidaciones definitivas de los mecanismos financieros del sistema. b. La actualización periódica y automática de la financiación de las Comunidades Autónomas de acuerdo con la evolución de las necesidades de gasto. c. La aplicación real y efectiva del principio de lealtad institucional, lo que exige el desarrollo de un procedimiento de cuantificación e incorporación del resultado obtenido al propio sistema. 6.- Las Comunidades Autónomas deben recibir los recursos necesarios para la financiación de sus servicios a través de impuestos recaudados o parcialmente cedidos en su región, como recurso principal, y como elemento esencial de su corresponsabilidad fiscal. En ningún caso la mejora de la financiación para las Comunidades Autónomas puede contener una subida de impuestos. La cesta de impuestos que se articule debe ser equilibrada entre impuestos directos e indirectos, pero no debe fundamentarse en demasía sobre figuras tributarias cuya evolución histórica no sea suficiente para sostener la evolución de gasto de los servicios prestados por las regiones. Los impuestos recaudados o parcialmente cedidos son la expresión fundamental de la corresponsabilidad fiscal de las Comunidades Autónomas.Los recursos tributarios deben constituirse como la pieza principal en la financiación de las competencias autonómicas, complementado en su caso con el fondo de suficiencia. La composición de la cesta de tributos compartidos con el Estado ha de garantizar en términos dinámicos una cobertura adecuada de las necesidades de ambas administraciones. En consecuencia, el peso de cada figura tributaria debe estar en consonancia con la elasticidad recaudatoria de las mismas para permitir una financiación estable de las necesidades de gasto creciente de las Comunidades Autónomas.Por su parte, nunca será aceptable una subida de impuestos como solución total o parcial al modelo de financiación autonómica. Es más, el Partido Popular nunca aceptará que los recursos adicionales que se aporten al sistema estén de alguna manera condicionados a incrementos impositivos. 7.- La solidaridad debe ser irrenunciable, siendo así que cualquier modelo que se apruebe debe asegurar los recursos suficientes a las regiones para prestar los servicios transferidos, con independencia de su capacidad fiscal. La garantía del ejercicio efectivo de la solidaridad es establecer un criterio consensuado de necesidad en función de las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas, objetivo y transparente, que debe quedar financieramente cubierto, independientemente de la capacidad fiscal de cada región, para un mismo estándar de servicios públicos.Esta solidaridad habrá de instrumentarse, en términos estáticos y dinámicos, a través del fondo de suficiencia, permitiendo a las regiones con menor capacidad tributaria cubrir la diferencia entre sus necesidades de gasto y la recaudación tributaria asignada por las distintas figuras tributarias cedidas y compartidas. En consecuencia, si bien la función de nivelación que cumple este fondo pretende garantizar la suficiencia financiera del sistema, en la medida en que beneficia más a las regiones que menos tienen, cumple evidentemente una importante función solidaria.En consecuencia, el fondo de suficiencia debe garantizar la financiación de la totalidad de las competencias transferidas a las Comunidades Autónomas, sin que parezca aceptable limitarlos a un sólo grupo de servicios públicos, los denominados “fundamentales”, dejando al margen otros, cuya no atención por parte de las Comunidades Autónomas, en ningún caso, puede ser suprimida o reducida. Es evidente que las Comunidades deben ser corresponsables de sus propias decisiones, pero no es menos cierto, que las mismas no podrían asumir una financiación que excluyera, para un nivel estándar de calidad, a algunos de los servicios que en su día les transfirió la Administración General del Estado. 8.- Para salvaguardar la suficiencia de todas las regiones a la hora de prestar los servicios públicos y la justicia del modelo se propone que la financiación per cápita de las Comunidades Autónomas en el nuevo modelo no genere excesiva dispersión. En cualquier caso, el resultado obtenido por la aplicación de las variables estimativas de las necesidades de gasto no debería ser distorsionado por la utilización posterior de cualquier otro mecanismo, de forma que no se condicione el logro de un criterio de equidad en el reparto inicial de los recursos efectivos por Comunidades Autónomas. En este sentido, el sistema debe arbitrar los mecanismos de corrección necesarios para que su resultado, al tiempo de ser solidario con las regiones menos favorecidas, sea justo con las Comunidades más dinámicas. 9.- Deben incrementarse las competencias normativas y gestoras de las regiones sobre los tributos cedidos y compartidos pero respetando la eficacia y la armonía de la que actualmente goza nuestro sistema fiscal, que constituye un ejemplo entre otros países federales y entre algunos órganos internacionales.La corresponsabilidad fiscal debe hacerse así compatible con los elementos imprescindibles de coordinación de un sistema tributario coherente con las necesidades de la economía española, justo y eficaz.No obstante, el avance en materia de autonomía y corresponsabilidad fiscal que se propone no puede suponer la creación de nuevas figuras tributarias y, en consecuencia, el pago de más impuestos por parte de los ciudadanos. No sería admisible que el Estado trasladara a los contribuyentes su responsabilidad como garante de la suficiencia del Sistema. 10.- En materia de gestión tributaria, el sistema debe avanzar en las fórmulas de participación de las Comunidades Autónomas en la Agencia Tributaria y en el impulso de fórmulas de colaboración entre ambas. Sin embargo, no se debe alterar en lo esencial la actual distribución de competencias de gestión tributaria entre el Estado y las Comunidades Autónomas, la cual tiene una eficacia más que contrastada y constituye una referencia a nivel internacional. Además, dada la especial naturaleza de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla - su situación de extra-peninsularidad, de ser frontera terrestre de la U.E., la escasez de recursos en territorio propio, la reducida superficie y la elevada densidad de población - el modelo de financiación deberá contemplar el incremento de costes de prestación que ello supone, con un tratamiento específico y adecuado.