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La falta de programas impide el cumplimiento de las penas de trabajo de beneficio a la comunidad en Melilla
Esta circunstancia es especialmente negativa desde el 1 de mayo, fecha en la que entró en vigor el artículo 384 del Código Penal por el que conducir sin carné se considera como delito
Publicada en InfoMelilla el 12 de mayo de 2008
Las penas de trabajo en beneficio a la comunidad impuestas por los jueces en Melilla no se cumplen por la falta de planes o servicios organizados por la Ciudad Autónoma, que es la administración competente para el ejercicio de estas condenas.
Según han explicado a Efe fuentes judiciales, esta circunstancia es especialmente negativa desde el 1 de mayo, fecha en la que entró en vigor el artículo 384 del Código Penal, por el que conducir sin carné se considera como delito, que establece penas de prisión entre tres y seis meses, multas de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
En los primeros diez días de aplicación de esta medida se han dictado veinte sentencias con condenas de multas entre 1.500 y 2.000 euros, y trabajos en beneficio de la comunidad durante treinta días, aunque la falta de planes organizados por la Administración local hace imposible el cumplimiento de la segunda pena.
Las citadas fuentes han considerado necesario que la Ciudad Autónoma implante "cuanto antes" programas para que los condenados cumplan las penas de trabajos en beneficio de la comunidad, que suelen consistir en la pintura de fachadas, la recogida de basuras, la limpieza de playas o la poda de árboles, entre otros.