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El Tribunal Supremo archiva una querella contra Imbroda por prevaricación y malversación

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) observa una "patente falta de indicios de actividad delictiva alguna", por lo que no admite a trámite la querella y archivar las actuaciones, tal y como solicitaba el Ministerio Fiscal

Publicada en InfoMelilla el 22 de noviembre de 2012

Agencia EFE

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ordenado el archivo de una querella presentada por el partido Populares en Libertad (PPL) contra el presidente de Melilla, Juan José Imbroda, al que acusaba de un presunto delito continuado de prevaricación y de malversación de caudales públicos.

En el auto, a la que ha tenido acceso Efe, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) observa una "patente falta de indicios de actividad delictiva alguna", por lo que no admite a trámite la querella y archivar las actuaciones, tal y como solicitaba el Ministerio Fiscal.

La querella de PPL fue registrada el 7 de junio por unos hechos relacionados con la construcción y explotación del campo de golf de Melilla, de carácter público, para el que la Ciudad Autónoma y la Federación Española de Golf suscribieron un convenio de colaboración el 26 de enero de 2006.

En virtud de este acuerdo, la Federación Española de Golf aportaría 300.000 euros para la construcción de esta instalación deportiva, cuya gestión y explotación tendría que ser cedida a la Federación Melillense de Golf, para lo que se firmó un nuevo convenio el 30 de mayo de 2008.

Sin embargo, el consejero de Deportes y Juventud comunicó el 9 de junio de 2009 a la Federación Melillense que no iba a renovar el convenio, lo que implicó la devolución de los 300.000 euros a la Federación Española, tras lo cual la Ciudad Autónoma cedió la explotación de la instalación a la Asociación Club Campo de Golf Ciudad de Melilla.

Estos hechos son, según la querella, constitutivos de un presunto delito continuado de prevaricación y de malversación de caudales públicos, pero el TS lo niega, el primero porque "no es observable la evidente, patente, flagrante y clamorosa ilegalidad" que el tipo penal de la prevaricación exige" y la querella "no consta de respaldo probatorio".

Sobre el presunto delito de malversación de caudales públicos, el TS recuerda que "este tipo penal requiere una apropiación sin ánimo de reintegro de esos caudales", pero "ello no es así", pues los pagos se han realizado en virtud de convenios legales y los 300.000 euros del primer convenio fueron reintegrados a la Federación Española.

La querella de PPL iba dirigida contra Imbroda y contra el entonces consejero de Deportes, Francisco Robles, pero el archivo sólo corresponde al primero por su condición de aforado, ya que es senador y por tanto el TS tiene competencia para el conocimiento de la causa respecto a él, no así respecto al consejero, que no es aforado.

El Tribunal Supremo archiva una querella contra Imbroda por prevaricación y malversación