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UPyD defiende la no aplicación del Código Penal Militar a la Guardia Civil
Galán denuncia que varias sentencias del Tribunal Supremo no tienen en cuenta la ley del régimen disciplinario de la Guardia Civil, y aplican el Código Penal Militar a agentes del cuerpo en supuestos en los que esta ley defiende su no aplicación
Publicada en InfoMelilla el 17 de febrero de 2012
Marisol Galán, miembros del Consejo Territorial de Unión, Progreso y Democracia (UPyD) en Melilla ha informado sobre la presentación de una Proposición no de Ley por parte de su grupo en el Congreso de los Diputados para modificar la aplicación del Código Penal Militar a la Guardia Civil.
Los guardias civiles, señala la dirigente magenta, “son funcionalmente policías y jurídicamente militares”, circunstancia que, en su opinión, “permite que carezcan de muchos derechos” y que tengan un ejercicio de otros “muy limitado”.
Aunque la Guardia Civil comparte con el Cuerpo Nacional de Policía las funciones que encomienda la Constitución Española a los Cuerpos de Seguridad del Estado, los miembros del primer cuerpo armado “son susceptibles de ser encarcelados por meras infracciones administrativas y carecen de cualquier órgano de representatividad, sean sindicatos o asociaciones profesionales”, ha censurado Galán.
La upedista ha recordado que existe una Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil que recoge la no aplicación del Código Penal Militar a los agentes de la Benemérita salvo en caso de “guerra, vigencia del estado de sitio, misiones de carácter militar o su integración en unidades militares”. Pese a ello, denuncia, “recientes sentencias del Tribunal Supremo realizan una interpretación que se aleja del espíritu de la norma”, aplicando este código penal a agentes que no se encuentran de servicio y en casos en los que el hecho juzgado no tiene que ver con el servicio policial.