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La Junta Electoral Central considera que los cargos de presidente del Puerto de Melilla y de diputado son incompatibles
Miguel Marín ha anunciado su intención de presentar un recurso de alzada en cuanto reciba la notificación del acuerdo de la JEC
Publicada en InfoMelilla el 17 de diciembre de 2015
La Junta Electoral Central (JEC) ha considerado que el presidente de la Autoridad Portuaria de Melilla, Miguel Marín, podría estar incurriendo en una incompatibilidad al ostentar este cargo manteniendo su acta de diputado en la Asamblea de Melilla.
La JEC así lo ha indicado en una resolución adoptada el pasado 15 de diciembre, tras una consulta que realizó Marín a la Junta Electoral de Zona (JEZ), que a su vez la elevó al máximo órgano arbitral.
La resolución, a la que ha tenido acceso Efe, se basa en el artículo de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), concretamente en el artículo 6.3., apartado b, según la cual "son inelegibles los Presidentes, Directores y cargos asimilados de Entidades Autónomas de competencia territorial limitada, así como los delegados del Gobierno".
La JEC alude a la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que dispone que "las Autoridades Portuarias son organismos públicos (...) con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como plena capacidad de obrar (...)", por lo que según la JEC, "la Autoridad Portuaria debe considerarse como una entidad estatal de Derecho Público".
Por ello, "al poder considerar a la Autoridad Portuaria como una entidad autónoma de competencia territorial limitada, el cargo de presidente resulta inelegible en la circunscripción comprendida en todo o en parte del ámbito territorial de su competencia", resuelve la Junta Electoral Central en su acuerdo.
Miguel Marín, en declaraciones a los periodistas, se ha referido a este asunto al recordar que la Abogacía del Estado y la Secretaría General de la Asamblea emitieron sendos informes el pasado julio dando el visto bueno a la compatibilidad de ambos cargos públicos, basándose en la jurisprudencia de la JEC.
Ha mostrado, de hecho, una resolución de la JEC fechada el 27 de julio de 1999 sobre un caso similar que se dio en Canarias, por lo que ha considerado que la actual resolución puede deberse a "la fecha de intensidad electoral en la que nos encontramos".
Ha anunciado además su intención de presentar un recurso de alzada en cuanto reciba la notificación del acuerdo de la JEC.
Agencia EFE