Local
Melilla es una de las escasas regiones españolas afectadas por las medidas cautelares de la lengua azul
Afecta a todas las especies de ganado bovino
Publicada en MeliYa el 13 de enero de 2006
Redacción
Las comarcas veterinarias de Málaga, Melilla, Cártama, Vélez Málaga y Ceuta son los únicos territorios que se mantienen como zonas restringidas para el movimiento de animales para el control de la lengua azul, mientras que el resto del territorio se considera libre o estacionalmente libre del vector de contagio de la enfermedad.
Según publica el Boletín Oficial del Estado la nueva Orden Ministerial por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul, señala que el grupo de expertos del Plan de Intervención considera que no existe riesgo de presencia de vector (mosquito culicoides)durante los meses invernales en una determinada zona del territorio español que se declara zona estacionalmente libre.
Así será zona estacionalmente libre a partir del 1 de diciembre de 2005 las comarcas veterinarias de El Escorial, Griñón y Navalcarnero en Madrid; en la provincia de Avila las comarcas veterinarias de Cebreros, Las Navas del Marqués y Navaluenga.
En la provincia de Salamanca las comarcas veterinarias de Béjar, Ciudad Rodrigo y Sequeros; las provincias de Cáceres, Toledo y Ciudad Real y en la provincia de Badajoz las comarcas veterinarias de Zafra, Azuaga, Castuera y Herrera del Duque.
Las comarcas veterinarias de Jaén, Alcalá la Real, Huelma, Ubeda, Linares y Santiesteban del Puerto en la provincia de Jaén; en la de Córdoba la comarca veterinaria de Lucena y Baena.
En la provincia de Sevilla las comarcas veterinarias de Lebrija, Marchena, Osuna, San Lúcar la Mayor y Utrera y en la de Málaga serán zonas estacionalmente libres del vector de contagio de la lengua azul las comarcas veterinarias de Ronda, Estepona y Antequera.
Se considera zona estacionalmente libre a partir del 15 de diciembre de 2005 las comarcas veterinarias Sotillo de La Adrada, Candeleda y Arenas de San Pedro (Avila); las comarcas veterinarias de Aranjuez y San Martín de Valdeiglesias (Madrid)y la comarca veterinaria de Andújar (Jaén).
Además lo serán en la provincia de Córdoba las comarcas veterinarias Montoro, Pozoblanco, Hinojosa del Duque, Peñarroya-Pueblo Nuevo, Posadas y Montilla, en la de Sevilla las comarcas de El Ronquillo, Cazalla, Cantillana, Carmona y Ecija; y Litoral, Campiña, La Janda y Sierra de Cádiz en la de Cádiz.
También serán zonas estacionalmente libres a partir del 15 de diciembre de 2005 Don Benito, Badajoz, Jerez de los Caballeros y Mérida en Badajoz y la de Cartaya. en Huelva.
Se declaran zona estacionalmente libre a partir del 30 de diciembre de 2005 las comarcas onubenses de Cortegana, Aracena, Puebla de Guzmán, Valverde del Camino, La Palma del Condado y Almonte; y la de Campo de Gibraltar en Cádiz.
La Orden señala el resto del territorio nacional como zona libre de lengua azul.
La norma establece las condiciones mínimas para los movimientos para vida de animales de especies sensibles a la lengua azul desde explotaciones situadas en zona restringida no estacionalmente libre y desde las zonas estacionalmente libres.
La consideración de zonas estacionalmente libres dejará de tener efecto 28 días antes de la fecha más temprana en que el virus pueda reanudar su actividad según los datos históricos o inmediatamente si los datos climáticos o los datos resultantes del programa de vigilancia y seguimiento continuo indican una reanudación más precoz de la actividad de los mosquitos Culicoides imicola adultos.