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Sanidad y Consumo hace pública la guía práctica para la primera temporada de rebajas 2006

Los precios y las formas de pago, fundamentales

Publicada en MeliYa el 10 de enero de 2006

Redacción

Estando inmersos en el periodo de rebajas, la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, a través de la Viceconsejería de Sanidad y Consumo, quiere recordar a los consumidores una serie de consejos y recomendaciones a tener en cuenta en relación con las rebajas.

Únicamente se entiende como rebajas la venta de productos, que con anterioridad ya estaban puestos a la venta en el establecimiento, a un precio inferior al fijado anteriormente.

A este respecto, es importante recordar que la fijación del precio rebajado se puede realizar de dos formas, o bien indicando el precio anterior y el precio rebajado o, cuando la rebaja es porcentual y aplicable a un grupo genérico de productos, basta con indicar el porcentaje a aplicar, siempre y cuando figure expuesto el precio no rebajado.

La rebaja es siempre aplicable a los precios, nunca a la calidad, estando específicamente prohibido ofertar como rebajados artículos deteriorados y, además, si el establecimiento anuncia durante los periodos de rebajas la posibilidad de efectuar los pagos mediante tarjeta, no puede negarse a aceptar dicha modalidad de pago.

Por otra parte, los artículos rebajados tienen el mismo régimen de garantía que los que no lo están y los artículos que se expendan a precio normal, y que –por supuesto- también deben de incorporar e indicar el precio de venta, deberán estar suficientemente separados de los artículos rebajados , de forma que no pueda, razonablemente, existir error de determinación entre unos y otros.

Conviene recordar que la normativa vigente no contempla de forma expresa un régimen de devolución en los casos de productos conformes o no defectuosos, por lo que habrá que atenerse a las condiciones de devolución que establezca cada comercio, bien mediante publicidad expresa, bien mediante carteles expuestos en los puntos de venta, bien mediante pactos expresos.

Dicho de otro modo, la posibilidad de que los clientes puedan devolver productos que no presentan defecto o deterioro , forma parte de la política comercial de cada establecimiento, siendo importante que nos enteremos antes de si es posible o no realizar ese tipo de devoluciones, y bajo qué condiciones.