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En todo el territorio nacional el número de permisos ascendió a 7.427

Se entregan en Melilla 37 permisos de residencia por razones de arraigo familiar o laboral a otros tantos trabajadores extranjeros

El Reglamento de la Ley de Extranjería contempla tres modalidades por las que un inmigrante puede conseguir un permiso de residencia temporal en supuestos excepcionales por razón de arraigo: el arraigo social, el arraigo laboral y por hijos de padres de origen español.

Publicada en InfoMelilla el 19 de febrero de 2007

InfoMelilla.com

El Gobierno concedió 7.427 permisos de residencia temporales por razones de arraigo en 2006. Entre estas autorizaciones por circunstancias excepcionales el grupo más numeroso es el de las concedidas por arraigo social, 6.619, seguidas por las de arraigo de hijos de padres de origen español con 585 permisos y por último el arraigo laboral, con 223 autorizaciones.

En Melilla han sido 37 los extranjeros que han conseguido legitimar su condición de residentes tanto por razones de índole laboral como familiar, informa la Delegación del Gobierno.

El Reglamento de la Ley de Extranjería contempla tres modalidades por las que un inmigrante puede conseguir un permiso de residencia temporal en supuestos excepcionales por razón de arraigo: el arraigo social, el arraigo laboral y por hijos de padres de origen español.

El arraigo social se concede a extranjeros que pueden acreditar su permanencia en España durante un período mínimo de tres años, vínculos familiares con otros extranjeros residentes o informe sobre inserción social emitido por el Ayuntamiento del municipio de su domicilio habitual además de un contrato de trabajo cuya duración no sea inferior a un año.

Por su parte, el arraigo laboral requiere que los extranjeros demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a un año y una permanencia continuada en nuestro país por un período mínimo de dos años.

Tanto en el caso del arraigo social como del laboral, el extranjero habrá de carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen o de anterior residencia, por delitos tipificados en el ordenamiento español.

Las Comunidades Autónomas con más extranjeros con permiso de residencia temporal por estos cauces en 2006 son: Cataluña, con 1.529 autorizaciones, seguida por Andalucía con 1.056 y Baleares y Canarias con 540 y 532 permisos, respectivamente.

Estas autorizaciones son gestionadas por las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno bajo la dependencia funcional del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.