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Discapacitados piden a Iberia que deje de impedir volar a personas sordas solas
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha acudido a los tribunales por este motivo
Publicada en InfoMelilla el 8 de octubre de 2008
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha acudido a los tribunales para que la Justicia inste a Iberia a que deje de impedir volar en sus aviones a dos o más personas sordas sin la tutela de un acompañante no discapacitado.
Así lo han anunciado en rueda de prensa el abogado de CERMI, Óscar Moral, y la vicepresidenta de la Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE), Concha Díaz, que esperan una sentencia favorable ante la demanda presentada por ambas asociaciones a Iberia y a su filial Air Nostrum por impedir volar a tres jóvenes sordos.
Los hechos se remontan a febrero de 2004, cuando un comandante de Air Nostrum negó la entrada en el avión a tres pasajeros sordos de 17, 18 y 31 años que se disponían a volar de Melilla a Madrid, con el argumento de que el manual de operaciones de vuelo impedía que viajasen solas dos o más personas con esta discapacidad.
Un Juzgado de Melilla archivó ese mismo año una denuncia de los afectados al considerar que, según la documentación aportada por la compañía aérea, "las limitaciones puestas de manifiesto en la denuncia presentada obedecen a principios de seguridad rectores en las líneas aéreas" y estimar que no se había cometido ningún delito.
Cuatro años después, la decisión está en manos de un Juzgado de Madrid, al que las dos asociaciones recurrieron por ser esta ciudad la sede de Iberia.
Moral ha valorado los hechos como una discriminación y ha destacado el "criterio subjetivo" de la normativa de Iberia, que, según ha explicado, sí permite que viaje sin tutela una persona deficiente auditiva, pero "no dos o tres" sin la compañía de un responsable.
El Juzgado de Primera Instancia número 57 de Madrid desestimó ayer la petición de CERMI y CNSE de que se interrogue a los representantes legales de Iberia, al comandante que tomó la decisión, al personal de embarque y a los afectados, al considerar que los hechos "no están controvertidos", según Moral.
"No cabe más que una sentencia favorable a nuestros intereses", ha considerado el letrado.
Además, Moral ha resaltado que normas como la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de Personas con Discapacidad o la propia Constitución Española "están por encima de cualquier tipo de manual de operaciones".
Por su parte, Díaz ha afirmado que la sentencia "marcará un precedente y determinará si es lícito impedir la movilidad de un ciudadano simplemente por tener una discapacidad", por lo que ha advertido de que la recurrirán si no es favorable a su demanda, en la que piden el cese de este tipo de actuaciones y la indemnización simbólica de un euro.