Opinión

Melilla y su nuevo estatuto de Comunidad Autónoma

Publicada en InfoMelilla el 9 de julio de 2008

Esto es un artículo de opinión. Lo que dice es de José Manuel Pérez Avilés, no del portal.

José Manuel Pérez Avilés

Creo que debemos contemplar los debates sobre el nuevo Estatuto de Comunidad Autónoma de Melilla desde la clara posición contemplada en el artículo 137 de la Constitución Española. Según dispone dicho artículo 137, “El Estado Español se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses”.

De conformidad con lo anterior, en mi humilde opinión, Melilla, no siendo Comunidad Autónoma, ni provincia, es municipio. Melilla es un municipio, pero con un Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla, (BOE núm 62, de 14 de marzo de 1995). Melilla tiene un Estatuto de Autonomía pero no tiene un Estatuto de Comunidad Autónoma. De aquí mi afirmación de que, Melilla, no siendo Comunidad Autónoma, ni provincia, es municipio.

A partir de aquí, podemos plantearnos, por ejemplo, si Melilla puede convertirse y/o constituirse en Comunidad Autónoma, y, si a los ciudadanos melillenses nos interesa que Melilla deje de ser municipio para alcanzar la categoría territorial de Comunidad Autónoma.

Mi respuesta a la primera cuestión es afirmativa. Entiendo que Melilla puede convertirse o constituirse en Comunidad Autónoma. Y ello, con fundamentación jurídica en los siguientes artículos de la Constitución Española: el citado art. 137º, la Disposición Transitoria Quinta, y, el art. 147º 3. “La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante Ley orgánica”.

De igual manera, mi respuesta a la segunda cuestión es positiva. Como uno de alrededor de setenta mil melillenses, modestamente, creo que interesa conseguir constituirnos en Comunidad Autónoma por, cuando menos, equipararnos en rango, jerarquía, autoridad, naturaleza, distinción, importancia, prestigio, posición, cualidad, condición, calidad, etc. con todos nuestros hermanos españoles y con todas nuestras hermanas Comunidades Autónomas Españolas. Y nos interesa para lo que he denominado en alguna ocasión, “La necesaria Proyección de Melilla”.

Estoy, con personal actitud social responsable de dar más contenido estratégico a Melilla, a favor de poder “proyectar” y prestigiar a Melilla, como importante ciudad europea prestadora de servicios y con relaciones de buena vecindad en su territorio y su entorno, con las necesarias competencias que nos corresponden, desde nuestra nueva organización como Comunidad Autónoma Española. Las opiniones y debates políticos para la reforma estatutaria corresponde adoptarlos a los ciudadanos melillenses y a todos los partidos políticos existentes en Melilla. De ellos saldrá si es posible, si interesa, si conviene, si es ventajoso y si es oportuno al conjunto de ciudadanos melillenses que salga adelante, o no, este proceso de constitución y/o conversión de Melilla en Comunidad Autónoma.

Respetuosamente entiendo que, los medios de comunicación social de Melilla debieran luchar porque este “contenido informativo y formativo”, las opiniones y los debates sobre el Nuevo Estatuto de Comunidad Autónoma de Melilla, sea de tal manera tan atractivo que genere y capte la atención de lectores, audiencia y televidentes. El reto quizá sea cómo producir, cómo desarrollar, cómo distribuir, cómo transmitir y/o cómo hacer llegar este contenido para que genere una atención ciudadana en la cantidad y cualidad que lo justifiquen. Captar y mantener esta atención para que el mensaje efectivamente llegue. Es de suma importancia el valor que el medio de comunicación agregue durante el proceso de comunicación.

Melilla, 09 de Julio de 2008

José Manuel Pérez Avilés