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El Consorcio de Compensación de Seguros envía un arquitecto a Melilla para evaluar daños causados por el terremoto
La protección frente a los riesgos extraordinarios está obligatoriamente vinculada a la suscripción de una póliza de seguro
Publicada en InfoMelilla el 25 de enero de 2016
El delegado de Andalucía Oriental del Consorcio de Compensación de Seguros se ha puesto en contacto con la Consejería de Fomento de Melilla para anunciar que desplazará hasta la Cuidad Autónoma a un arquitecto que se encargará de hacer una primera evaluación de daños en bienes y personas que el terremoto de esta madrugada ha podido causar.
El Consorcio cubre los daños producidos en bienes y personas en casos de riesgos extraordinarios, como puede ser un terremotos, siempre y cuando el bien o la persona hayan concertado un seguro que cubra daños, vida o accidentes personales.
La protección frente a los riesgos extraordinarios está obligatoriamente vinculada a la suscripción de una póliza de seguro en ciertos ramos.
También hará frente el Consorcio a la indemnización que corresponda cuando, cubiertos los riesgos extraordinarios por una Compañía de seguros, no pudiera ésta cumplir sus obligaciones por haber sido declarada en quiebra, suspensión de pagos o que, hallándose en una situación de insolvencia, estuviese sujeta a un procedimiento de liquidación intervenida por la Administración, o ésta hubiera sido asumida por el propio Consorcio de Compensación de Seguros.
Pago de la prima
Para que el Consorcio efectúe la indemnización por riesgos extraordinarios, el asegurado debe encontrarse al corriente del pago del recibo de prima de la póliza de seguros que pertenezca a alguno de los ramos ya citados, donde se incluye un recargo a favor del Consorcio de Compensación de Seguros, el cual deberá aparecer significado en tal recibo de forma expresa.