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La acusación particular del accidente aéreo de 1998 exige una explicación sobre las causas que provocaron el hecho

Se niegan a que se produzca un silencio absoluto después de que ayer se confirmara el archivo de la investigación

Publicada en MeliYa el 20 de noviembre de 2003

EFE

La acusación particular del accidente aéreo de 1998 exige una explicación sobre las causas que provocaron el hecho

Abogados de la acusación particular han exigido hoy una "explicación oficial" sobre las causas del accidente aéreo ocurrido el 25 de septiembre de 1998 en las cercanías de Melilla, aunque en territorio marroquí, en el que fallecieron 38 personas.

Fuentes de la acusación particular han dicho hoy a Efe que la Administración española, a través del Ministerio de Fomento, debe decir "de forma nítida y determinante" cuáles fueron las causas del accidente del avión de la Pauknair que cubría el trayecto Málaga-Melilla.

"Lo que no puede haber es un silencio absoluto respecto a lo que ocurrió y que la opinión pública no sepa qué pasó y se debe explicar si el accidente fue debido "a un fallo humano, un fallo mecánico o a un fallo de las torres de control".

Han recordado que la Administración española formaba parte de la comisión de investigación del caso junto a Marruecos e Inglaterra, "por lo que debe decir oficialmente cuáles fueron las causas".

Además, han indicado que si como se intuyó en un principio el accidente se debió "a un fallo exclusivamente de los pilotos, que se diga".

La Audiencia Nacional confirmó ayer, en una resolución contra la que no cabe recurso, el archivo de la investigación sobre el accidente aéreo.

La sección segunda de la sala de lo penal de este tribunal rechazaba así el recurso del fiscal contra el auto en el que el juez Guillermo Ruiz Polanco decretó el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones al entender que no era imputable un delito de imprudencia a ninguna de las personas que intervino en la supervisión del vuelo.

El auto del juez Ruiz Polanco que ahora se confirma dejaba a salvo el ejercicio de la acción civil para los herederos de las víctimas aún no indemnizadas y que no han renunciado al ejercicio de dicha acción.