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Visto para sentencia el juicio contra Enrique Palacios por un presunto delito de prevaricación

La acusación particular ha considerado que Palacios actuó "con clara conciencia de su arbitrariedad y a sabiendas de la injusticia de su resolución"

Publicada en MeliYa el 17 de noviembre de 2003

EFE

Visto para sentencia el juicio contra Enrique Palacios por un presunto delito de prevaricación

El Juzgado de lo Penal 1 de Melilla ha dejado hoy visto para sentencia el juicio contra el ex vicepresidente melillense y líder del PIM Enrique Palacios, por prevaricación por firmar un decreto para intentar suspender el pleno de una moción de censura, por lo que el fiscal le pide 9 años de inhabilitación.

Los hechos se remontan al 15 de julio de 2000, cuando el acusado, vicepresidente del gobierno que formaban Coalición por Melilla (CM) y PIM y que en ese momento ejercía como presidente accidental, firmó un decreto suspendiendo el pleno de la moción de censura presentada contra Mustafa Aberchan por PP, UPM, PSOE y grupo mixto que debía celebrarse el día 17.

Según el fiscal, Palacios firmó este decreto "a sabiendas de su ilegalidad y arbitrariamente", de modo que "privaba" a los trece diputados que habían presentado la moción de censura "de sus derechos constitucionales a la deliberación y votación" de ésta.

Además, afirma que llevó a cabo esa acción "a pesar de que una secretaria técnica le hizo constar por diligencia la ilegalidad" de la resolución.

El acusado ha declarado que firmó el decreto asesorado por el letrado asesor de la Presidencia y que éste lo había redactado "porque yo no tengo conocimientos jurídicos", a la vez que pidió a un abogado amigo suyo de Almería que diera el visto bueno a la legalidad de ese decreto "y me dijo que no había inconveniente en que lo firmara".

En sus conclusiones, el Ministerio Público ha considerado "totalmente acreditado" que Palacios era "conocedor de la irregularidad flagrante" del decreto para suspender el pleno, ya que existía un informe previo que señalaba, a raíz de la modificación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), que la convocatoria de las mociones de censura "tenían carácter automático".

Además, ha señalado que la secretaria técnica a la que Palacios hizo firmar el decreto hizo en el mismo "una diligencia clarísima manifestando que era irregular" y el propio secretario general de la Asamblea, el mismo día del pleno y antes de celebrarse le dijo que el decreto era "una barbaridad".

El secretario general también ha apuntado que el ex vicepresidente llevaba diez años ejerciendo funciones públicas y, "aunque no tenía el título de Derecho, sabía en qué consistía la función pública".

El fiscal ha entendido además que el acusado "de forma torticera" suspendió el pleno de la moción "en la que tenía un interés evidente, porque si salía adelante dejaría de ser vicepresidente y consejero", además de considerar "no probado" que el decreto lo redactara el asesor de la Presidencia.

Por su parte, la acusación particular ha considerado que Palacios obró "con clara conciencia de su arbitrariedad y a sabiendas de la injusticia de su resolución", no hizo caso de las advertencias de ilegalidad de la secretaria técnica "e incluso dictó otro decreto obligándola a firmar el de la moción".

La defensa, además de denunciar "irregularidades procesales", ha dicho que no concurría el delito en concurso contra el ejercicio de los derechos cívicos porque la moción se celebró, a la vez que ha asegurado que no firmó el decreto a sabiendas de su ilegalidad porque sus asesores no lo vieron ilegal.