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El Tribunal Supremo avala la suspensión cautelar de funciones a un guardia civil que fue absuelto tras ser imputado por un delito de cohecho

El agente fue acusado en un principio de cobrar a un ciudadano marroquí por devolverle el pasaporte

Publicada en InfoMelilla el 22 de octubre de 2008

Agencia EFE

El Tribunal Supremo ha avalado la medida cautelar impuesta a un guardia civil de suspensión en las funciones que prestaba en la aduana de Melilla, después de ser imputado por un delito de cohecho acusado de cobrar a un ciudadano marroquí por devolverle el pasaporte, hechos de los que fue luego absuelto.

La Sala de lo Militar del alto tribunal ha desestimado así el recurso que presentó el agente contra la sentencia del Tribunal Militar Central, que consideró que la suspensión temporal de tres meses que le fue impuesta por el teniente coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Melilla por una falta muy grave era ajustada a Derecho.

Según el parte disciplinario del teniente coronel, la medida se adoptó a raíz de un procedimiento judicial en el que el guardia civil se encontraba en calidad de imputado como supuesto autor de un delito de cohecho, acusado de cobrar 70 euros a un ciudadano marroquí a cambio de devolverle el pasaporte que le había retenido en la aduana de Melilla.

Como medida cautelar, el jefe de la Comandancia dispuso de inmediato que el guardia civil dejara de prestar servicio en la aduana y se incorporara a la Compañía Rural vigilando el perímetro fronterizo.

Esta suspensión de empleo fue recurrida por el agente, que consideró que se trataba de una sanción disciplinaria extraordinaria y anticipada "que en nada respetó la presunción de inocencia".

El TS rechaza estos argumentos y considera que la gravedad de los hechos que se imputaban al guardia civil avala la medida adoptada por el jefe de la Comandancia de suspenderle cautelarmente, que entendió que la conducta atribuida al guardia comprometía gravemente la actuación de éste como miembro de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Recuerda además el tribunal que el parte disciplinario explicaba que el agente estaba imputado por un delito de cohecho y sostiene que el hecho de que fuera posteriormente absuelto por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga no desvirtúa la oportunidad de la adopción de la medida cautelar.