Opinión · Sindicatos

Agentes de seguridad local.

¿Qué es la conciliación familiar?

Sería muy conveniente que pusiera un poco de su parte para que “la conciliación familiar” de los miembros de la Policía Local sea efectiva y no simple palabras de sociología.

Publicada en InfoMelilla el 3 de julio de 2009

Esto es un artículo de opinión. Lo que dice es de InfoMelilla.com, no del portal.

InfoMelilla.com

Al parecer, este concepto, estimados compañer@s, está un poco difuso en la Consejería de Seguridad Ciudadana, pero vamos a intentar explicarlo para clarificar ideas a todos: En primer lugar, se entiende por conciliación familiar y profesional a la serie de acuerdos sociales al que se llega en los procesos de negociación colectiva para permitir que la asistencia a hijos menores o personas dependientes pueda ser más compatible con la vida laboral.

En España el Ministerio de Administración Pública y los sindicatos representantes de los funcionarios, firmaron un acuerdo en 2006, denominado Plan Concilia que tiene como objetivo mejorar sustancialmente las condiciones de trabajo de los funcionarios con el objetivo de mejorar la conciliación entre la vida laboral, personal y familiar de los empleados públicos del Estado Español. Posteriormente el Parlamento español aprobó la Ley de igualdad que también incide en mejoras de tipo social para mejorar las condiciones laborales y permitir una mayor conciliación entre la vida laboral y la vida familiar.

Pienso que hasta aquí, todo está muy claro, pero al parecer donde no está claro es en la Consejería de Seguridad Ciudadana, y consecuentemente en los servicios de planificación de la Policía Local, ya que tal y como se están desarrollando actualmente hemos retrocedido 28 años, SI exactamente 28 años, época aquella en la que un agente sabía el servicio o el descanso del día siguiente y NADA MÁS, cuando no podía planificar su vida personal, y menos aún la familiar, cuando se descansaba un sábado y un domingo al mes, y las vacaciones eran de octubre a mayo.

Pero gracias a las demandas sindicales, se fue avanzando en todos los terrenos, y lo que resulta una incongruencia es que lo que se estaba llevando perfectamente hasta hace dos años, donde cada agente poseía su cuadrante mensual de trabajo y descanso, con lo que podía planificar su vida profesional y familiar, hoy ha desaparecido, creando un malestar en todos los componentes de la Policía Local, pues los descansos son retirados de un día para otro; la incorporación al servicio de la misma forma, y es una circunstancia que perjudica enormemente al buen desarrollo del trabajos de los miembros de la Policía Local.

Por otro lado, la Consejería de Seguridad Ciudadana, de igual modo confunde los servicios especiales con los servicios extraordinarios. Mire usted Sr. Antón, servicios especiales son la cabalgata de reyes, carnavales, semana santa, carreras urbanas, maratones, pruebas de enduro, semana medieval, feria local…etc todos estos servicios se realizan todos los años en la misma fecha, NO CAMBIAN, es decir, su planificación vista a varios meses es perfecta, y NO de un día para otro, quitando descansos a última hora y perjudicando a los compañeros.

Tema muy diferente son los servicios extraordinarios, protagonizados por circunstancias atmosféricas (lluvias copiosas y/o inundaciones), incendios de gran envergadura, o explosiones, circunstancias todas ellas que más de un miembro de la Policía Local ha experimentado por nuestra DISPONIBILIDAD ante cualquier circunstancias extrema, y de ello puedan dar fe los ciudadanos, pero lo que no tenemos es EXCLUSIVIDAD para jugar como peones de tabla de ajedrez, que ahora quito y ahora pongo.

Sería muy conveniente que pusiera un poco de su parte para que “la conciliación familiar” de los miembros de la Policía Local sea efectiva y no simple palabras de sociología.

**JOSE MARÍA MARTÍNEZ JIMÉNEZ Delegado Sindical de CC.OO para la Policía Local**