Local · Justicia
El TS elimina las figuras de los Agentes de Movilidad y de los Medioambientales en Melilla
A través de una sentencia, el Tribunal Supremo ha determinado que estos dos grupos de agentes no son una categoría de la Policía Local, sino dos cuerpos auxiliares de la misma, para cuya creación la Ciudad Autónoma no cumple ninguno de los supuestos que la permiten
Publicada en InfoMelilla el 16 de abril de 2012
El Tribunal Supremo (TS) ha declarado nulos todos los artículos del Reglamento de la Policía Local de Melilla que hacen referencia a los Agentes de Movilidad y a los Agentes Medioambientales, al entender que la creación de estos dos grupos de funcionarios no se ajusta al derecho.
La sentencia 1884/2012 del TS establece que ambas categorías de la Policía Local no pueden serlo, puesto que el reglamento excluye a estos agentes de las “funciones imperativas” dentro de la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad respecto a la Policía Local.
Atendiendo a este hecho, el TS considera que el reglamento crea un “nuevo cuerpo de funcionarios, auxiliar de la Policía”, y no una nueva categoría de la misma. Dado que Melilla no se encuentra dentro de ninguno de los supuestos en los que pueden crearse esos cuerpos "para el ejercicio exclusivo de algunas funciones", la figura de ambos grupos de agentes, de movilidad y medioambientales, no puede continuar.
De este modo, el TS, con fecha 16 de marzo de 2012, estima el recurso de casación del Abogado del Estado que representa a la Delegación del Gobierno y conviene en anular los artículos 17, 27, 28, 29. e), 34.4, 37, 59. b) y c), 93.1, 95.3 g), 99.1 y 106.1 del Reglamento de la Policía Local de Melilla, aprobado en 2009.